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¿En qué consiste la modificación del contrato petrolero Charagua en el que YPF Argentina cede 40% de su participación a YPFB Chaco?

Farm-in/out es un acuerdo donde una empresa o joint venture, que tiene titularidad en concesiones de petróleo y de gas, le ofrece a un tercero una participación.

(RE).- El 28 de noviembre de 2016 se autorizó a YPFB Corporación suscribir, mediante la Ley 858, un contrato con la petrolera argentina YPF para actividades de exploración del área Charagua. El contrato fue firmado el 16 de enero de 2017 y quedó avalado por la Ley 955 del 9 de junio de ese mismo año.

Ahora el artículo 2 del proyecto de Ley 151/2020-2021 establece que YPF cederá 40% del total de su participación, derechos y obligaciones a favor de YPFB Chaco S.A., manteniendo 60% en el contrato.

El proyecto de ley 151 ingresado y aprobado en ambas cámaras de la Asamblea Legislativa (diputados y senadores) establece la aprobación de la modificación “al contrato de servicios petroleros para la exploración y explotación de las áreas reservadas a favor de YPFB, correspondiente al área Charagua, Santa Cruz, suscrito entre YPFB y la empresa YPF E&P, de Argentina”.

El antecedente descriptivo señala que en junio de 2018 el directorio de YPFB aprobó la cesión por parte de YPF Argentina, de 40% del total de su participación, derechos y obligaciones (…) en el contrato del área Charagua a favor de YPFB Chaco S.A. quedando YPF con el 60%.

Por su parte, en junio de 2020, YPFB Chaco con YPF E&P suscribieron el contrato de cesión de derechos y obligaciones del contrato de servicios petroleros.

Contrato
Enero de 2017. El entonces presidente de YPFB, Guillermo Achá, y el titular de YPF, Miguel Ángel Gutiérrez, suscribieron el contrato.

El analista en temas de hidrocarburos, Francesco Zaratti, en un artículo titulado “La nacionalización al borde de un ataque de nervios”, escribió que “YPF E&P se metió en el negocio con la esperanza de asegurar, con su concurso, la provisión de gas boliviano a la Argentina en el marco de un contrato que, como era posible prever, Bolivia no estaba en condición de honrar hasta su vencimiento (2026). Pero, a solo seis meses de haber firmado el CSP (2017), YPF E&P consideró la posibilidad de retirarse y devolver el área por tres motivos: por las trabas burocráticas para todo trámite; por lo que le esperaba si encontraba gas (socio minoritario de una SAM con YPFB); y por el desarrollo acelerado que Argentina imprimió a la exploración de su gas en Vaca Muerta”.

¿EN QUÉ CONSISTE ESTA MODIFICACIÓN?

El contrato de servicios petroleros que hasta ahora era 100% de YPF E&P, con la modificación pasará a ser 60% de YPF E&P y 40% de YPFB Chaco S.A. tanto en derechos así como en obligaciones.

¿POR QUÉ OCURRE ESTO?

El ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, explicó en el Senado que esa medida responde a aspectos técnicos y financieros considerados en proyectos importantes y antes de comenzar la fase de perforación de pozos, citado en una nota de prensa del ministerio.

“Una de las razones por las que YPF solicita este proceso de negociación es por la amplia experiencia que tiene la empresa YPFB Chaco en este tipo de proyectos exploratorios en áreas hidrocarburíferas tradicionales. Por otro lado, YPFB Chaco tiene la infraestructura y la capacidad técnica operativa, dado que en este momento es una de las empresas que está llevando adelante distintos proyectos exploratorios vinculados a esta área”, explicaba Molina.

La inversión de YPFB Chaco S.A. para la fase de exploración y explotación en el área de Charagua ascendería a unos $us 48 millones, con un potencial de 2,1 trillones de pies cúbicos (TCF, en inglés).

Una vez que se declare la comercialidad y el éxito exploratorio en el área Charagua, se autorizará a YPFB Corporación la conformación de una Sociedad Anónima Mixta bajo el siguiente esquema: 51% para YPFB Corporación, 29,4 para YPF y 19,6 para YPFB Chaco S.A.

FARM-IN/OUT

Esta cesión es usual en la industria petrolera en lo que se denomina farm-in/farm-out. Es decir, la cesión parcial de derechos de exploración y extracción en favor de un tercero que abonará por esos derechos un precio en especie o dinero, destinado a llevar a cabo las tareas petroleras para el desarrollo de hidrocarburos. Las operaciones farm-in/out pueden darse tanto en la etapa exploratoria, durante la evaluación o incluso en la fase de desarrollo de hidrocarburos en un yacimiento y en algunos casos este debe ser declarado comercialmente recuperable para que la transacción surta efectos.

Es un acuerdo donde una empresa o joint venture, que tiene titularidad en concesiones de petróleo y/o gas, le ofrece a un tercero una participación para ingresar a una concesión existente.

Según el oilandgasmagazine los beneficios de este proceso son básicamente la diversificación del riesgo y la creación de un grupo más sólido como titular de los derechos petroleros. Para el cesionario, principalmente obtener diversificación de sus portafolios de inversión y obtener áreas petroleras de forma más económica y con menor riesgo.

Sin embargo, estos acuerdos también suelen darse por la poca capacidad financiera del titular original, lo que le impide avanzar con las inversiones comprometidas.

Según el ministro Molina, YPF cumplió con las inversiones programadas de $us 25 millones para la primera fase del proyecto exploratorio en el área de Charagua.

La ley que modifica el contrato ya fue promulgada por el presidente del Estado.